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Falla Corte Interamericana contra el Estado mexicano en casos de Inés y Valentina
 

Hace ocho años, en Guerrero, las mujeres me’phaa Valentina Rosendo Cantú e Inés Fernández Ortega fueron violadas por miembros del Ejército mexicano, el 16 de febrero, en Barranca Bejuco [municipio de Acatepec], y el 22 de marzo de 2002, en Tecuani [municipio de Ayutla de Los Libres], respectivamente. Una nula investigación judicial y la aplicación del «fuero militar» impidieron que el caso fuera resuelto en su momento y que las víctimas recibieran justicia.

Hoy el panorama es distinto. Tras la demanda del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil) y el Centro de Derechos Humanos de La Montaña (Tlachinollan) —organizaciones que han defendido legalmente a Inés y Valentina—, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) dio entrada a ambos casos, realizó una investigación exhaustiva y emitió su sentencia sobre el Caso Fernández Ortega y otros vs. México [agosto 30, 2010], resolviendo que, en efecto, fueron violadas sexualmente por militares en 2002, y que el Estado mexicano es responsable de violar la integridad personal y las garantías judiciales de Inés y Valentina.

De igual forma, exige al Estado reparar el daño, garantizar la seguridad futura de Inés y Valentina, sus familias y las organizaciones civiles que las apoyaron, adecuar la legislación según corresponda y poner en práctica los tratados internacionales que México ha suscrito y ratificado, a fin de evitar que lo sucedido se repita, así como modificar el Código de Justicia Militar para que los delitos de soldados contra ciudadanos sean atendidos por los tribunales civiles.

De acuerdo con un boletín de CIMAC Noticias, los abogados Alejandra Nuño, de Cejil, y Santiago Aguirre, de Tlachinollan, dijeron que la sentencia también ordena que se procese a los servidores públicos que obstaculizaron las investigaciones de los casos.

El gobierno mexicano recibió la sentencia el viernes pasado [octubre 1, 2010] y a través de la Secretaría de Gobernación señaló que «llevará a cabo todas las acciones necesarias para ejecutar esta sentencia de la Corte».

El año pasado [2009] la CoIDH había emitido ya dos fallos en contra del Estado mexicano por actos delictivos y violatorios de derechos humanos cometidos por miembros del Ejército: la desaparición forzada de Rosendo Radilla en la década de los setenta y el caso «Campo Algodonero», relacionado con los feminicidios en Ciudad Juárez [Chihuahua].

Esta resolución marca un precedente en las acciones que el Estado debe llevar a cabo para mejorar el acceso de los ciudadanos a la justicia y garantizar que todos seamos juzgados por igual, sin fueros ni excepciones.

10/7/2010

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