Dos gramos de opio, cinco de marihuana, 50 miligramos de heroína y hasta 500 de piedra o crack son las dosis máximas de posesión para consumo personal permitidas por la nueva reforma a la Ley General de Salud, que entró en vigor en agosto de 2009 y conocida mediáticamente como «Ley contra el Narcomenudeo».
Para difundir esta información, el Colectivo por una Política Integral hacia las Drogas ha elaborado la «Guía de derechos y responsabilidades legales de l@s consumidor@s de drogas», cuyo objetivo es evitar la criminalización de los consumidores. En ella se advierte que «El uso de algún tipo de droga no convierte a nadie en ciudadano de segunda clase, sigue teniendo los mismos derechos y garantías». Juan Rojas nos recomienda revisarla.
Particularmente, dicha guía destaca el respeto a los derechos a la libertad, información, confidencialidad y debido proceso legal de todo consumidor, así como las consecuencias penales para quien sea detenido con dosis mayores a las permitidas para consumo personal.
Además, define términos fundamentales contenidos en la Ley, como «farmacodependencia», «narcótico», «suministro» y «posesión».